Entre algunos de nuestros políticos y creadores de opinión se ha asentado un mantra según el cual la Constitución está agotada y la mejor forma de defenderla es reformarla. Parece que la solución a todos los problemas que nos acechan viene de la mano de una mágica reforma constitucional que hará que, de repente, todos los catalanes vuelvan a sentir afecto por España.

Vivimos momentos extraordinariamente graves en los que hay mucho desconcierto y es importante tener algunos principios claros. La confusión llega a tal nivel que hasta un magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona se permite afirmar que «es perfectamente legítimo no obedecer una ley«. Si dice esto quien tiene por función constitucional hacer cumplir la ley, mal vamos. ¿Quién se va a creer la obligatoriedad de la ley si quienes juraron/prometieron hacerla cumplir dicen que es legítimo desobedecerla?

Hemos visto al M. H. Presidente de la Generalitat darse un baño de masas afirmando que, aunque el Tribunal Constitucional haya suspendido la consulta, esta se va a celebrar. Más de lo mismo. Quien tiene que respetar y hacer respetar la Constitución y la ley en la Comunidad, se la quiere saltar a la torera. Ahora nos dice que no, que consulta no, pero que algo, que nadie sabe qué va a ser, se hará el 9 de noviembre. Seguimos con la confusión: le cambiamos el nombre y lo ilegal se convierte en legal.

Y en esto parece que la salida no es hacer cumplir la ley a quien quiere premeditadamente infringirla, sino cambiar la Constitución para contentar al infractor.

En el cumplimiento de la ley, ni un paso atrás. Al menos los dos grandes partidos deberían tener esto claro, por muy desprestigiados que aparezcan hoy frente a la opinión pública.

En todas las propuestas de reforma constitucional, cualquiera que sea la ideología del autor, aparece un apartado referido al problema autonómico. Hay poca discusión sobre que el gran error de nuestros constituyentes fue el título VIII de la Constitución, relativo a la «organización territorial del Estado». Una de las funciones clásicas de toda Constitución es articular la distribución del poder entre las distintas estructuras territoriales. Sin embargo, conscientemente, la Constitución del 78 renunció a cumplir con esta función. Fue una Constitución de consenso adoptada en un momento convulso y que llegó hasta donde pudo.

Hasta tal punto es así que un extraterrestre que, sin saber nada de nosotros, aterrizara en España y leyera nuestra Constitución no sabría si somos un Estado centralizado, regional o federal (suponiendo que nuestro despistado alienígena supiera qué significan estas extrañas expresiones). La Constitución permitía a las provincias limítrofes con características «históricas, culturales y económicas comunes» que se constituyeran en Comunidades Autónomas. Buena parte de los preceptos del Título VIII de la Constitución se dedican a regular el procedimiento de acceso a la autonomía, por lo que hoy carecen de toda aplicación. Si ninguna de esas provincias hubiera decidido crear una Comunidad Autónoma, ahora viviríamos en un Estado centralizado. Por el contrario, si, como ha ocurrido, todas ejercían esa facultad nos encontraríamos en un Estado descentralizado. Y esta completa indeterminación constitucional no solo se refería a la propia existencia de las Comunidades Autónomas, sino también a sus competencias y a las del Estado. La Constitución permitía a las Comunidades asumir niveles muy diversos de competencias a través de los Estatutos de Autonomía, con el techo máximo de las competencias que, en exclusiva, el artículo 149.1 reservaba al Estado. Dependiendo del nivel que hubieran elegido las Comunidades Autónomas, España podría haber sido desde un Estado centralizado hasta otro prácticamente federal, como es el caso.

Esta total indeterminación constitucional del modelo de Estado ha sido bautizada como principio dispositivo, es decir, autonomía a la carta. El sistema podría haber funcionado, pero exigía de los actores una exquisita lealtad constitucional que, evidentemente, no se ha producido.

Recoger ahora en la Constitución lo que no pudo hacerse en 1978 exige tener claro el diagnóstico de la situación en la que nos encontramos y el sentido hacia dónde queremos movernos. Abrir en canal la Constitución para cambiar el modelo de Estado sin tener claras estas cuestiones es literalmente hacerse el harakiri. Para que la cosa saliera bien -y no repitiéramos nuestra convulsa historia constitucional- al menos los dos grandes partidos deberían estar de acuerdo en esos puntos clave, antes de iniciar el proceso.

Para los nacionalistas catalanes y vascos el problema de nuestra forma de Estado radica en que, particularmente desde 2008 y con la excusa de la crisis, se habrían recentralizado competencias. En concreto, los nacionalistas catalanes repiten hasta la saciedad que la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de 2006 lo vació de competencias. Partiendo de este particular diagnóstico, estos partidos quieren blindar constitucionalmente un máximo nivel de competencias autonómicas/federales, sin interferencias estatales.

Cualquiera que haga el ejercicio de leer, a través de las Sentencias del Tribunal Constitucional, cuál ha sido la evolución de las competencias autonómicas desde 1978 hasta la fecha, se dará cuenta de que han ido creciendo de forma exponencial, incluso en algunos casos de forma difícilmente compatible con la propia Constitución (¿cómo si no han podido asumir las Comunidades Autónomas competencias en materia de justicia, cuando la Constitución literalmente reservaba al Estado la competencia exclusiva sobre la «administración de justicia»?). Doy un dato: en 1988 el gasto público estatal supone un 45% del total frente al 20% del de las Comunidades Autónomas; desde 2005 el estatal pasó a ser del 20% y el autonómico cercano al 40% (el resto hasta llegar al 100% se distribuye entre entidades locales y Seguridad Social). Además, hay que tener en cuenta que un buen porcentaje del gasto público estatal viene referido al servicio de la deuda pública y a las transferencias a otras administraciones públicas. Es decir, teniendo cuenta la distribución del gasto público, nos encontramos al nivel de los países más descentralizados del mundo.

Según estos mismos datos resulta evidente que no tiene ningún sentido el diagnóstico de que el problema está en un excesivo centralismo. Más bien parece al contrario: que existen competencias que necesariamente debe ejercer el Estado para garantizar una mínima cohesión territorial. Entre ellas destacan la educación, la justicia y la seguridad pública. También el Estado debe recuperar la capacidad de armonizar la normativa de las Comunidades Autónomas a través de un mecanismo de aplicación ordinaria, distinto de las fracasadas leyes de armonización actualmente reguladas en el artículo 150 CE. Por último, de la propia Constitución debe resultar un sistema de distribución de competencias claro que evite los conflictos que todavía hoy inundan al Tribunal Constitucional.

Pero no nos engañemos, detrás de las competencias aparece el verdadero problema: los dineros. Cataluña, tras el nombre pacto fiscal, pretende un sistema de financiación parecido al que disfrutan Navarra y País Vasco. La justificación para pedir este pacto se encontraría en que Cataluña estaría contribuyendo con más de lo que recibe a cambio. Sin embargo, por mucho que se repita la queja, lo cierto es que Cataluña tiene una tasa de retorno muy similar a la de cualquier otra región rica de los Estados Unidos (por poner un ejemplo de un Estado federal). Un Estado de bienestar se basa precisamente en el trasvase de fondos de las personas/zonas más ricas a las menos favorecidas. Si algo queda de los ideales socialistas es su apuesta por la solidaridad, sin ellos se quedan en siglas vacías. Por eso choca que un partido que se llama Esquerra haga bandera de que los ricos se queden con su dinero. La solidaridad interterritorial está en el propio ADN de la construcción europea: por eso Alemania, Holanda, Francia o Finlandia han contribuido, entre otras cosas, para que ahora Cataluña sea más rica. ¿Es sostenible el discurso del nacionalismo catalán en una Unión Europea? ¿Va a contribuir el independentismo catalán al desarrollo de Grecia pero no al de Andalucía?

Ciertamente hay que debatir sobre financiación. Pero no para que paguen menos los ricos, sino para que existan garantías de que los perceptores de las «ayudas» gastan bien el dinero, de forma que sirva a su desarrollo y no se convierta en un trasvase inútil y permanente de fondos. Hoy estamos en el absurdo de que algunos políticos andaluces llaman «deuda histórica» a lo que es una subvención de otras regiones.

En definitiva, puede que haya que revisar nuestro modelo territorial. Pero parece que la reforma que habría que hacer no va a satisfacer a los nacionalistas. Además, para no repetir los errores del 78, antes de abrir el melón de una reforma constitucional, deberíamos tener claro qué pretendemos de ella. Los nacionalistas lo tienen bien claro.  ¿Lo tenemos tan claro quienes no lo somos?

En tiempos de exaltación de referendos y consultas, propongo que el Gobierno nos haga a todos las siguientes preguntas: 1. ¿Quiere usted seguir pagando el sueldo de los políticos de 17 Parlamentos autonómicos?. 2. ¿Cree usted que el Estado debe recuperar algunas competencias? Reconozco que la primera pregunta es algo demagógica, pero sospecho que el resultado de la segunda nos sorprendería.

12 comentarios

12 Respuestas a “REFORMA CONSTITUCIONAL ¿QUÉ REFORMA?”

  1. José Maria Bravo dice:

    Es dificil, Isaac Salama, escorar el problema esencial del artículo: la interpretación constitucional.

    Usted considera un error el título 8 de la Constitución porque abre en canal la unidad del Estado, mas bien el poder central del Estado. Este es quid, es que el espíritu de la Constitución fue descentralizar el poder del Estado. Fue su virtud no su error.

    Qué el problema es económico. Son solo los catalanes los que tienen interéses economicos?. Valdría la pena revisar la bonanza de la Comunidad Valenciana en un periodo político singular o el de la Comunidad de Madrid. O de la capitalidad del Ayuntamiento de Madrid.

    La Constitución es la ley fundamental y de ella el cumplimiento de las leyes. Y la Constitución como tal, como esencia, es dinámica. Por lo que es factible las reformas constitucionales y por ende la dinamización de las leyes.

  2. Loli dice:

    No deduzco, del artículo de Isaac, que fuera un error la descentralización del poder del estatal desde el artículo 8 de la Constitución, sino que, no está clarificada la articulación de la organización territorial, que esta articulación se dirimió en un momento difícil, donde se priorizó «contentar a todos» y no perder un «consenso», que se consideraba necesario para una transición a un estado de Derecho.

    El problema es que, esa articulación necesaria y reguladora, que es función de todas las constituciones, no se haya llevado a cabo en todo este tiempo, habiendo habido posibilidades para ello.

    Lo que sí me ha dejado claro, es que, el no haber llevado a cabo este necesario trabajo legislativo, ha venido dado, porque aquella redacción constitucional, poco articulada y por lo tanto dejando muchas rendijas para la interpretación y confusión, sirvió…y sigue sirviendo, para que los intereses de los principales grupos políticos, se repartan poder y territorios, y hagan de ello moneda de cambio y presión.

    Pero todo ello a costa de jugar con los sentimientos y la confusión de la población….Por eso sería necesario abordar con valentía este tema.

    Por eso sería necesario explicar, de verdad, cómo están articuladas las autonomías en nuestro país, explicar que en realidad no hay una articulación superditada a una Constitución que debería garantizarla…y entonces plantearse si queremos seguir igual, o abordar una reforma hacia una Constitución que cumpla, sin ambigüedades, esa función.

    1. Jose Maria Bravo dice:

      Loli:

      Pues esa es una interpretacion. La mia es otra. Cual es la articulacion que tu buscarias?

      La articulacion es una palabra ambigua. Y, en sentido general, es un punto de union entre dos partes diferentes.

      El espiritu del Titulo 8 es el hecho diferencial, no lo contrario, Claro que existe una articulacion. El problema es el concepto. Es un problema de interpretacion.

      Un saludo

  3. Jose Maria Bravo dice:

    Loli: perdona volverte a interpelar . Me gustaria recordar que la Constitucion del 78 fue sometida a Referendo y que hubo una participacion de casi el 70 por ciento de la poblacion y voto a favor casi el 88 por ciento. Eramos unos ignorantes entonces?. Yo creo que no. Yo creo que mas ilusionados.

    Ahora con las disputas nacionales, politicas y economicas, se pretende centralizar una realidad que es ajena a la Constitucion. Digo centralizar que no significa articular. Articular esta en el principio constitucional.

  4. Loli dice:

    Cuando se repasa el Capítulo Tercero del Título VIII de nuestra Constitución, da la impresión de que cualquier grupo que ocupe un determinado territorio, y por las razones que sean..(la verdad nunca suelen ser muy solidarias, …al principio siempre los grupos territoriales más ricos, son los primeros en pedir blindarse y administrarse ellos sus «riquezas)quiera hacerlo, puede, en cualquier momento, buscando y rebuscando en archivos históricos, interpretándolos…de aquélla manera muchas veces…justificar una demarcación terrritorial y pedir al Estado central convertirse en Comunidad Autónoma…así tenemos diecisiete.

    Luego, al comprobar la distribución de competencias, llama la atención el que, además de las que se pueden atribuir o traspasar directamente a las autonomías, solo por haberse constituído como tales, las legislaciones que siguen siendo de potestad estatal,
    como las que regulan relaciones mercantiles, laboral, civil, las bases de régimen jurídico de Administración pública, las culturales….y más, quedan supeditadas a las decisiones legislativas de las distintas Comunidades Autónomas (..»sin perjuicio de»…).

    No sé como se articula en otras Constituciones Europeas el tema de la «distribución territorial».

    Lo que sí que parece llamar la atención en la Unión Europea, es la cantidad de Administraciones Públicas que soporta el Estado Español…y entiendo que eso demuestra la falta de matices concretos en la delimitación de territorios y competencias.

    «Regular» es una palabra amplia…claro…para eso están las leyes y las disposiciones reguladoras (perdón por mi lenguaje…no me muevo en ese territorio), que entiendo deben clarificar y dotar de criterios precisos algo tan importante para las personas que se mueven en un territorio,como es el saber bajo qué jurisprudencia lo hacen, bajo qué garantías….qué movilidad real tienen…ahora mismo nos encontramos con que,por ejemplo, en Sanidad, se convocan oposiciones en todo el territorio nacional, para ocupar puestos en la Comunidad Autónoma de Madrid, y como es lógico, acuden personas de todo el país, pero cuando esas oposiciones son convocadas por la Generalitat de Cataluña, esa reciprocidad no se puede dar…porque es obligatorio saber catalán…

    Y creo en la ilusión ¡cómo no!, como capacidad impulsiva…pero no pienso que necesariamente vaya de la mano de la información o el conocimiento….

  5. Manu Oquendo dice:

    Por ir al grano:
    Pregunta Isaac Salama lo siguiente:

    1ª Pregunta. ¿Quiere usted seguir pagando el sueldo de los políticos de 17 Parlamentos autonómicos? ———- No, no quiero.
    Fraccionar España ha sido un gigantesco error constituyente.

    2ª Pregunta. ¿Cree usted que el Estado debe recuperar algunas competencias?….. Sí, si quiero.

    Concretamente hay tres competencias que no tiene sentido fraccionar: Educación, Sanidad y Policía. Por este orden.

    Saludos

    1. José Maria Bravo dice:

      Bueno eso es el debate. Quizás así de concreto. Pues entonces cual es la cantinela con Cataluña ?

  6. Bernardo dice:

    Mucho me temo, queridos amigos, que la posible reforma constitucional que se haga lo sea en dos posibles direcciones:

    1- Ideológica: la del PSOE y resto de la izquierda, hacia una solución federal. Es decir, más descentralización y menos poder para el Estado Central. En mi humilde opinión por razones ideológicas, que no administrativas ni técnicas.
    2- De claudicación: concesión de un concierto económico o similar a Cataluña, o bien establecimiento de una fórmula que excepcione o limite fuertemente la solidaridad interterritorial en lo que se refiera al dinero recaudado en Cataluña.

    En cuanto a la primera opción, creo que no resolvería el problema de encaje catalán, al cerrar definitivamente el modelo. El actual es flexible (se pueden ir aumentando ad infinitum las competencias autonómicas, por vía legal o jurisprudencial, recordemos aquello de «administración de la Administración de Justicia», traspasable a las CCAA a pesar de lo dispuesto en el artículo 149), pero el federal no, al requerir una reforma constitucional al respecto (el modelo clásico de constitución federal dice lo siguiente: estas competencias corresponden al gobierno central, el resto a los territorios. Punto y final).
    En cuanto a la segunda, ¿bastaría ese «hecho diferencial» para aplacar las ansias independentistas y encontrar el ansiado encaje?, ¿sería viable económicamente para el resto de las regiones?, ¿se producirían agravios comparativos?, ¿existirían contrapartidas económicas para Cataluña? (por ejemplo, cláusulas que no permitieran gastar al Estado en Cataluña más que lo expresamente pactado, léase rescate a la Generalidad).

    1. José Maria Bravo dice:

      Yo creo que este debate, sobre el Centralismo o el Federalismo, requiere una reflexión mucho más amplia. Analizando todos los aspectos políticos, culturales, económicos, etc.

      Por ejemplo esto de la Educación. Solamente repasando los artículos de Sánchez Ludena podríamos ampliar nuestra visión de este asunto. A mi me parece que si seguimos aparcados en los aspectos meramente administrativos e incluso lingüísticos, no evolucionaremos.

  7. María Antonia dice:

    Respuesta a las dos preguntas con las que concluye Isaac Salama su excelente artículo: 1º No. No quiero subvencionar tropecientos reyezuelos de taifas. 2º Por supuesto que el Estado debe recuperar competencias. Entre otras cosas me interesa que mis nietos sepan el curso entero del rio Tajo; y sus afluentes, si no es mucho pedir y no sólo por la comarca donde yo nací.
    Estamos a principios del siglo XXI recogiendo los frutos de todo lo que no ha sido rematado. Los restos del feudalismo federal con los famosos Fueros y con el Concierto. El falso remate de las guerras carlistas, con un “ Abrazo de Vergara “ que parece el abrazo del oso. El “ hecho diferencial ¿ qué es eso¿. Posiblemente todo hubiera ido mejor si un Austria reinase ahora y no un Borbón y todos seríamos menos diferentes.
    Tampoco se ha rematado el nazismo y ahí lo tenemos rampante por todas las geografías y su periferia. Pero todo ello no se va a arreglar con la reforma de la Constitución. Tiene razón Isaac Salama

  8. Colapso2015 dice:

    “1. ¿Quiere usted seguir pagando el sueldo de los políticos de 17 Parlamentos autonómicos?.
    2. ¿Cree usted que el Estado debe recuperar algunas competencias?”

    Este tipo de preguntas entran en lo que yo tildaría de “pensamiento” burocrático, o más bien método burocrático. Vamos a ver, ¿no estamos en una “democracia” en la cual el primer y segundo partido grande (¿es P-o-demos?) deben consensuar? Puesto que ya han preguntado hace cuatro años si querían asfaltar la carretera, ya “nos vale pa tóo”…
    No hacen falta Cortes Constituyentes como con la traición del 78, ni siquiera es necesario que todos los partidos estén legalizados (como los republicanos),…, ¡que vá!, se hace un apañete entre los dos grandes partidos. Y, ¡vivan las caenas!
    España tiene de democracia* CERO, y el único que tiene ojitos para este sistema ladrón por diseño es quien chupa de forma directa o indirecta. Sea un político de clase, un crony-empresario, o un burócrata de “el Estado somos todos” o mis derechos, pero yo chupo mientras otro paga impuestos; o acumulo deuda que pagarán sus hijos.

    Menos rollos. Y menos confundir legalidad y legitimidad…

    Como no piensan los burócratas**:
    “Sostenemos como evidentes estas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su Creador de ciertos derechos inalienables; que entre éstos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; —que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados —; que cuando quiera que una forma de gobierno se haga destructora de estos principios, el pueblo tiene el derecho a reformarla o abolirla e instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, y a organizar sus poderes en la forma que a su juicio ofrecerá las mayores probabilidades de alcanzar su seguridad y felicidad.” Más: http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_rebeli%C3%B3n

    *: democracia es en esencia control del poder en todas sus formas, público (grupo de burócratas-funcionarios, Estado) o privado (corporaciones, asociaciones, etc); por parte del conjunto de demos, “demo”. Debe notarse que el Estado está en contra del “demo” (el “Estado somos todos” es más falso que Judas), por lo tanto las leyes deben salir de los “demos” y ser acatadas por el Estado. Por ello, el político debe recibir remuneración por parte de quienes representa, nunca del poder constituido el Estado. Para más información sobre la confrontación Estado-sociedad véase fascismo, comunismo,…, etc.

    **:http://es.wikipedia.org/wiki/Burocracia

  9. Manu Oquendo dice:

    Hace unos días asistí a una conferencia sobre el Derecho a la Paz. Según el conferenciante es un «derecho colectivo de tercera generación».

    Esta definición me llamó la atención y en el coloquio pregunté sobre por qué han elegido excluir al individuo de este tipo de derecho.
    En realidad es un derecho de una colectividad frente a la cual el individuo no puede elegir y menos cuando viene impuesta desde nuevos poderes dudosamente democráticos o directamente antidemocráticos porque «gobiernan» cada vez con más frecuencia en tercera derivada y en contra del criterio de los ciudadanos. (UE, ONU y todas las instituciones intermedias, WB, WTO, IMF, etc))

    No supo responder muy bien y trató de explicar que era un derecho de esos de «sí, o sí porque son buenos buenísimos en si y para si».

    Como el derecho a la identidad colectiva que sustenta el viejo derecho a la autodeterminación de las colonias.
    O los derechos de todos los seres humanos a la estabilidad ecológica de un planeta sostenible.
    O el derecho de las nacionalidades emergentes a imponerte coactivamente una identidad que ni posees ni compartes.
    O los derechos de los «Géneros», etc.

    Durante el coloquio explicó que la burguesía había desarrollado derechos individuales pero que Occidente, en general, estaba en contra del derecho colectivo a la Paz que venía apoyado por ex colonias y otros países no desarrollados.

    Lo que sí se percibe es que hay una ideología totalitaria que ha perdido su prestigio en las economías nacionales y que, desde instancias supra nacionales, trabaja activamente en pro de la Oficialización de lo Colectivo Obligatorio según sus propias definiciones y que esto es un medio para, globalmente, ir capturando las cotas de poder que esta ideología ha ido perdiendo a nivel estatal.

    En esta actividad se encuentra prácticamente sola y con grandes presupuestos de mamandurria.
    Viviendo del presupuesto y fomentando la Exclusión de la Persona bajo el maternal buen-rollismo de lo «Colectivo Obligatorio».

    Ojo, estoy a favor del derecho a la Paz. Pero individual o si es colectivo que lo sea por delegación concreta y expresa, caso a caso.
    No por imposición «onusina» o de quien sea. Tampoco hablan para nada del derecho a Defenderte de quienes te imponen por la fuerza. Esto es tabú.

    Hay mucha movida escondida y suele pillarnos distraídos.

    Saludos

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